Neuroderechos en Colombia: autodeterminación informativa, integridad e identidad mental ante las neurotecnologías

Palabras clave: protección constitucional, derecho informático, bioética jurídica, libertad cognitiva, innovación tecnológica

Resumen

La presente investigación desarrolla un análisis crítico del ordenamiento jurídico colombiano frente a los desafíos que plantean las neurotecnologías emergentes con énfasis en la protección de la autodeterminación informativa y la integridad mental. A través de una metodología cualitativa, basada en el análisis jurisprudencial sistemático, se examinó la evolución de la doctrina constitucional sobre la protección de datos personales y su aplicabilidad a la salvaguarda de la información neural. La investigación revela vacíos significativos en el marco regulatorio actual y propone mecanismos de actualización normativa fundamentados en el desarrollo jurisprudencial de la Corte Constitucional sobre habeas data y autodeterminación informativa. Los hallazgos evidencian la necesidad de establecer garantías específicas para la protección de la privacidad mental y la integridad cognitiva en el contexto de las tecnologías emergentes.

Biografía del autor/a

Andres Fernando Guerrero, Universidad Manuela Beltrán

Abogado, Especialista en derecho laboral y derecho penal, Magíster en derecho procesal, Doctor y posdoctor en derecho. Coordinador de investigaciones en derecho; líder del Grupo de Investigación Justicia y Desarrollo Global de la Universidad Manuela Beltrán, Bogotá, Colombia.

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Biografía del autor/a

Andres Fernando Guerrero, Universidad Manuela Beltrán

Abogado, Especialista en derecho laboral y derecho penal, Magíster en derecho procesal, Doctor y posdoctor en derecho. Coordinador de investigaciones en derecho; líder del Grupo de Investigación Justicia y Desarrollo Global de la Universidad Manuela Beltrán, Bogotá, Colombia.

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Cómo citar
Guerrero, A. F. (2025). Neuroderechos en Colombia: autodeterminación informativa, integridad e identidad mental ante las neurotecnologías. Prolegómenos, 28(55), 13–22. https://doi.org/10.18359/prole.7135
Publicado
02-04-2025
Sección
Artículos