Reflexiones acerca de la necesidad de un sistema penal juvenil deferente con los derechos humanos de los adolescentes con relación a su entorno familiar, a la luz del Código de Infancia y Adolescencia en Colombia
Resumen
El resultado al que se llegó en esta investigación es que el sistema de responsabilidad penal para adolescentes se establece y dirige sobre procesos esencialmente pedagógicos, diferenciados y de reconstrucción del tejido social, respondiendo, primero que todo, al principio del interés superior del menor de edad, que lo ubica dentro de una población especialmente vulnerable, de particular protección por parte del Estado colombiano, la sociedad y las familia de estos adolescentes en conflicto con la ley penal. El objetivo principal de esta indagación tiene que ver con la determinación de las herramientas o soluciones más idóneas para que en Colombia se cumplan, tanto desde el punto de vista sustancial como del procesal, toda esta gama de principios que, desde el ámbito internacional, han permitido establecer procedimientos diferenciados para los adolescentes de tal forma que se les garanticen sus derechos humanos. La metodología de esta investigación es de tipo jurídico y social y su propósito obedece a la búsqueda de soluciones o instrumentos relacionados con aquello que afecte los derechos humanos del adolescente que delinque. En este sentido, el alcance de este estudio es de tipo explicativo, ya que pretende describir, relacionar y reflexionar sobre el sistema penal juvenil en Colombia y su impacto en la sociedad y en la familia.
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Referencias bibliográficas
Calas, T. (2011). Derecho Penal de menores. Valencia, España: Tirant Lo Blan.
Castel, R. (2004) La inseguridad social: ¿Qué es estar protegido?, Buenos Aires, Argentina: Ediciones Manantial.
Corte Suprema de Justicia. Sala Penal. Proceso 33510, MP Julio Enrique Socha; 7 de julio de 2010. Recuperado de: https://xperta.legis.co/visor/jurcol/jurcol_8ae6a41dbffa90fce0430a01015190fc/coleccion-de-jurisprudencia-colombiana/sentencia-33510-de-julio-7-de-2010
Declaración de Leuven. Primera Conferencia Internacional sobre la Justicia Reparativa para los Jóvenes. 1997.
Echeverría, M.(2011). Derechos y obligaciones constitucionales entre los padres e hijos.Revista Jurídica Mario Alario D’Filippo. 3(2),162-183. Recuperado de: https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/4767777.pdf
Foliaco, D. H. (2016). Sistema de responsabilidad penal para adolescentes en Colombia: algunos vacíos en la aplicación de la medida de libertad asistida, desde la perspectiva de los adolescentes sancionado. (Tesis profesional). Recuperado de: https://repository.urosario.edu.co/handle/10336/12885
Galán, A. (2016). Los derechos humanos fundamentados mediante la legitimación y la moral jurídica. Revista NOVUM JUS, 10 (1), 31-48. Recuperado de: https://novumjus.ucatolica.edu.co/article/view/1175
Hernández, A. (2019). Reseña del populismo penal a la punitividad: la política penal en Colombia en el siglo XXI. Revista NOVUM JUS, 13 (1). 231-234. Recuperado de: https://novumjus.ucatolica.edu.co/article/view/2253
Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes. Plan de Acción 2011-2015. Reunión Ordinaria del Consejo Directivo del Instituto Interamericano del Niño, la Niña y Adolescentes.
Ley 906 de 2004. Por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal. 1 de septiembre de 2004. D.O. No. 45.658.
Ley 1098 de 2006. Por el cual se expide el Código de Infancia y Adolescencia. 8 de noviembre de 2006. D. O. 46.446. Recuperado de: https://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_1098_2006.htm
Morales, A (2010). La Familia en la Constitución Nacional. Estimación legal y Jurisprudencial. Revista Mario Alario Di Filipo, 2(3), 60-89. Recuperado de: https://revistas.unicartagena.edu.co/index.php/marioalariodfilippo/article/view/207
Organizaciones de Estados Americanos. (2011). Plan de Acción Hemisférica sobre Drogas, 2011-2015: Adoptada por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos en su cuadragésimo primer período ordinario de sesiones en San Salvador, El Salvador, junio de 2011. Recuperado de: http://www.cicad.oas.org/Main/Template.asp?File=/main/aboutcicad/basicdocuments/plan-action_spa.asp
Organización de Estados Americanos. (1985). Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la justicia de menores (“Reglas de Beijing”) Adoptadas por la Asamblea General en su resolución 40/33, de 28 de noviembre de 1985. Recuperado de: http://www.cidh.org/ninez/pdf%20files/Reglas%20de%20Beijing.pdf
Organización de Estados Americanos. (1989). Convención sobre los Derechos del Niño Adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General en su resolución 44/25, de 20 de noviembre de 1989.
Parra, F. A. (2015). La sanción a los menores infractores de la ley penal en un estado social y democrático de derecho. Bogotá, Colombia: Universidad Libre.
Roxin, C. (1981). Iniciación al derecho penal de hoy. Sevilla, España: Universidad de Sevilla.
Sotomayor, O. (1998). Responsabilidad o irresponsabilidad penal del menor en Colombia: un falso dilema. Estudios De Derecho, 57(130), 143–156. Recuerdo de: https://revistas.udea.edu.co/index.php/red/article/view/332281.
Useche-Bohórquez, C. (2012). El Sistema de RPA. Bogotá, Colombia: G.E. Ibáñez.
Wacquant, L. (2000). Las cárceles de la miseria. Buenos Aires, Argentina: Manantial.
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